Es por ello que cualquier análisis que se haga de la problemática migratoria cubana pasa inexorablemente por la política de hostilidad que el gobierno de los EE.UU. ha desarrollado contra el país por más de 50 años. La aplicación de un ilegal y genocida bloqueo económico y el intento de construir una oposición interna mediante acciones subversivas y el empleo de agentes a sueldo han sido sus componentes esenciales. Dicha política ha incluido desde campañas mediáticas y "robo de cerebros", hasta atentados terroristas, sabotajes y agresiones de todo tipo.
La política migratoria de Cuba, a lo largo de todos estos años de Revolución, se ha basado en el reconocimiento del derecho de los ciudadanos a viajar, a emigrar o residir en el extranjero y en la voluntad de favorecer las relaciones entre la Nación y su emigración. Al mismo tiempo se ha fundamentado en el legítimo derecho a defendernos frente a la agresividad de Washington. Las disposiciones para regular los flujos migratorios del país, fueron adoptadas en medio de circunstancias impuestas por las agresiones que en esta esfera se han implementado por las diferentes administraciones norteamericanas, con el estímulo de sus aliados en Miami.
Como expresara el Presidente Raúl Castro en la clausura del 8vo. Período Ordinario de Sesiones de la Asamblea Nacional del Poder Popular el pasado 23 de diciembre de 2011 "... no podemos olvidar que somos el único país del planeta a cuyos ciudadanos se les permite asentarse y trabajar en el territorio de los Estados Unidos sin visa alguna... en virtud de la criminal Ley de Ajuste Cubano... y la política ‘pies secos, pies mojados’, que favorece el tráfico de personas y ha provocado numerosas muertes de inocentes".
Desde el propio comienzo de la Revolución, nuestro país fue víctima del despojo indiscriminado de sus profesionales. Más de la mitad de los 6 mil médicos con que contábamos en aquel momento, emigraron fundamentalmente hacia los Estados Unidos. Un gran número de los mejores ingenieros y técnicos también fue alentado a emigrar, con el propósito de impedir el desarrollo económico y social de la nación. A estas acciones, se sumaría posteriormente, entre otros, el programa de visas para profesionales de la salud cubanos, implementado por Washington en el 2006 con similares objetivos.
Es por ello que, mientras persistan las políticas que favorecen el "robo de cerebros", dirigidas a despojarnos de los recursos humanos imprescindibles para el desarrollo económico, social y científico del país, Cuba estará obligada a mantener medidas para defenderse en este frente.
El doble rasero y el carácter inhumano de esta política, que estimula por una parte las salidas ilegales del país, y por otra obstaculiza la posibilidad de emigrar de manera legal, ordenada y segura, ha tenido la clara intención de convertir a los cubanos que desean establecerse en otros países, en supuestos opositores políticos y en un factor de desestabilización interna.
Como consecuencia de esta irracional e irresponsable política, a lo largo de todos estos años se han sucedido varias crisis migratorias: Camarioca en 1965, Mariel en 1980, y la "crisis de los balseros" de 1994.
A pesar de ello, Cuba ha mostrado su permanente disposición a cooperar en la búsqueda de soluciones razonables a este complejo problema y ha trabajado sostenidamente por normalizar las relaciones con sus emigrados, favorecer las vías para una emigración ordenada y segura, así como facilitar los viajes de los ciudadanos al exterior por asuntos particulares.
Las nuevas medidas migratorias anunciadas por decisión soberana del Estado cubano, no constituyen un hecho aislado, sino que se inscriben dentro del proceso irreversible de normalización de las relaciones de la emigración con su Patria.
La inmensa mayoría de los cubanos asentados en más de 150 países mantiene vínculos estables con su Patria y con sus familiares, se opone al bloqueo y no desea la aplicación de una política agresiva contra su país de origen.
En la despedida a su Santidad Benedicto XVI, el 28 de marzo
pasado, el Presidente Cubano expresó: "Reconocemos la
contribución patriótica de la emigración cubana, desde el aporte
decisivo a nuestra independencia de los tabaqueros de Tampa y Cayo
Hueso y todos los que fueron sostén de los anhelos de José Martí,
hasta los que se oponen hoy a quienes atacan a Cuba y manipulan el
tema migratorio con fines políticos. Hemos realizado prolongados
esfuerzos hacia la normalización plena de las relaciones de Cuba con
su emigración que siente amor por la Patria y por sus familias y
persistiremos en ello por la voluntad común de nuestra Nación".
Información útil sobre trámites migratorios.
Organismo: Ministerio del Interior (MININT)
Entidad: Dirección de Inmigración y Extranjería
Trámite: Acerca de los trámites migratorios y viajes al exterior por asuntos particulares a partir del 14 de enero del 2013.
Actualizado: 16-10-2012
Descripción: Información sobre trámites migratorios.
I.SOBRE TRÁMITES MIGRATORIOS Y VIAJES AL EXTERIOR POR ASUNTOS PARTICULARES DE CIUDADANOS CUBANOS RESIDENTES EN CUBA.
1.SOBRE LOS PASAPORTES CORRIENTES POR ASUNTOS PARTICULARES DE CIUDADANOS CUBANOS RESIDENTES EN CUBA.
El pasaporte corriente es válido por 2 años, prorrogables por igual
término hasta un total de seis años; agotado este tiempo se deberá
tramitar la expedición de un nuevo pasaporte. Cuando se produzca
pérdida, se agoten sus páginas, o se dañen o pierda su valor
identificativo se requerirá de un nuevo pasaporte.
Los ciudadanos cubanos residentes en Cuba
que interesen obtener un pasaporte o prorrogar el actual deben
solicitarlo personalmente en las actuales oficinas del Carné de
Identidad y Registro de Población del Ministerio del Interior y en las
Oficinas de Trámites del MININT en las provincias de Artemisa, Mayabeque y el MEIJ.
Para solicitar pasaporte por primera vez debe presentar:
•Carné de Identidad o Tarjeta de Menor
Para renovar el pasaporte por deterioro, vencimiento, pérdida o agotamiento de páginas debe presentar:
•Carné de Identidad o Tarjeta de Menor.
Para prorrogar el pasaporte por tener más de dos años de su emisión o de la prórroga anterior debe presentar:
•Carné de Identidad o Tarjeta de Menor
•Pasaporte.
•Pasaporte.
Para actualizar el pasaporte, por haber sido expedido antes de la vigencia de las nuevas medidas debe presentar:
•Carné de Identidad o Tarjeta de Menor
•Pasaporte.
•Pasaporte.
La actualización del pasaporte se solicita sin gravamen alguno.
Los pasaportes expedidos ante de la vigencia de las nuevas medidas,
que tengan estampados permisos de salida vigente, no requieren de su
actualización.
2.SOBRE LOS DOCUMENTOS QUE SE REQUIEREN PARA LA SOLICITUD DE PASAPORTE DE MENORES DE 18 AÑOS DE EDAD.
Los padres o representantes legales de los menores de 18 años de
edad o incapacitados, deben cumplimentar además, los siguientes
requisitos:
•Acta de consentimiento de salida realizado por ambos padres o representantes legales ante notario público.
•En los casos donde uno o ambos padres o representantes legales se
encuentren en el exterior de visita, con residencia en el exterior o por
asuntos de trabajo o de estudio, se presenta el acta de consentimiento
de salida, realizada ante las representaciones diplomáticas o
consulares cubanas u otras oficinas cubanas expresamente autorizadas.
•El acta de consentimiento de salida será válida mientras uno de los
padres, el tutor o representante legal presente solicitud de revocación
en la oficina de trámites del Ministerio del Interior.
3.SOBRE LOS VIAJES AL EXTERIOR POR ASUNTOS PARTICULARES DE LOS CIUDADANOS CUBANOS RESIDENTES EN CUBA.
Para la salida del país debe presentar en el control migratorio de la frontera:
•Pasaporte corriente válido y expedido a su nombre y la tarjeta de embarque y desembarque (TED).
•Pasaporte actualizado para los expedidos antes de la vigencia de las nuevas medidas.
•Visa requerida. No se requiere visa cuando se viaja a un país con el que Cuba tenga firmado un convenio de exención de este requisito, así como cuando la persona posea residencia o pasaporte del país hacia donde se dirige.
•Pasaporte actualizado para los expedidos antes de la vigencia de las nuevas medidas.
•Visa requerida. No se requiere visa cuando se viaja a un país con el que Cuba tenga firmado un convenio de exención de este requisito, así como cuando la persona posea residencia o pasaporte del país hacia donde se dirige.
4.SOBRE LA ESTANCIA EN EL EXTERIOR POR ASUNTOS PARTICULARES DE LOS CIUDADANOS CUBANOS RESIDENTES EN CUBA.
Los cubanos que viajen con pasaporte corriente pueden permanecer en
el extranjero hasta 24 meses, contados a partir de la fecha de salida
del país.
Se podrá solicitar ante las representaciones diplomáticas o
consulares cubanas u otras oficinas cubanas expresamente autorizadas
permanecer en el exterior por un tiempo superior a 24 meses, cuando:
•Por causas justificadas se ven imposibilitados de regresar al país en ese término,
•Requieran trasladar su residencia al exterior de forma indefinida
por mantener una unión matrimonial, formalizada o no, con ciudadano
extranjero, o por otras situaciones familiares y humanitarias
excepcionales.
5.ASPECTOS GENERALES.
Para la solicitud de expedición, prórroga o actualización del
pasaporte corriente se requiere la presencia física del interesado.
Las solicitudes de pasaportes o de prórrogas que se requieran durante
la permanencia de su titular en el exterior se presentan en las
representaciones diplomáticas o consulares cubanas u otras oficinas
cubanas expresamente autorizadas.
El pago del impuesto por concepto de expedición de pasaporte será de
100 CUC y de 20 CUC cada prórroga. El pago de impuesto se realizará en
las agencias bancarias del territorio nacional.
II.SOBRE LOS VIAJES AL EXTERIOR DE EXTRANJEROS RESIDENTES TEMPORALES Y PERMANENTES EN CUBA:
Para la salida del país debe presentar en el control migratorio de la frontera:
•Pasaporte y carné de identidad o tarjeta de menor de extranjero, vigentes,
•Visa en los casos que lo requiera y tarjeta de embarque y desembarque (TED)
•Visa en los casos que lo requiera y tarjeta de embarque y desembarque (TED)
Podrán permanecer en el exterior, contados a partir de la fecha de
salida, hasta 180 días los residentes temporales y 365 días los
permanentes.
En caso de requerir una estancia superior podrán solicitar una
prórroga en la representación diplomática o consular cubana u otra
oficina cubana expresamente autorizada.
Cuando no cuenten con las prórrogas establecidas deberán presentar la
visa correspondiente para entrar al país, excepto los ciudadanos de
países con los cuales Cuba tiene suscritos convenio de exención de
visado.
DIRECCIÓN DE INMIGRACIÓN Y EXTRANJERÍA
OCTUBRE DE 2012
OCTUBRE DE 2012
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