Por Arthur González.
Al parecer la bloguera oficialista de Washington, Yoani Sánchez Cordero desea la guerra, ya que publicò en dias pasados el sitio digital de la agencia de prensa DPA,
Alemania y en el de Martí Noticias, EE.UU, que había presentado el
pasado viernes 28 de septiembre, una denuncia ante la “Comisión
Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) contra Cuba”,
a través de sus abogados, la cual fue acompañada de una petición de
medidas cautelares a su favor, por las supuestas “amenazas” que dice
recibir en la isla.
No sé como lo podrá probar, pues en Cuba se mueve libremente, tanto a
la misión diplomática norteamericana, las residencias de sus
funcionarios, como a otras sede europeas donde es recibida como un gran
personaje. Todos los días se le ve caminar por su barrio sin
limitaciones, a pesar de lo que critica y conspira contra el régimen. En
los hoteles de lujo de la capital es clienta fija, en sus cafeterías y
servicios de Internet, sin ser molestada, aun y cuando todo lo que
escribe es en contra de su patria.
Desconozco lo que pretende la niña mimada del terrorista y agente de la CIA, Carlos Alberto Montaner con esta acción, pues quien tiene el techo de vidrio, no debe lanzar la primera piedra.
Yoani comete violaciones del código penal
cubano de forma consuetudinaria, además de otras con el fisco, ya que
no paga impuestos por sus trabajos como corresponsal del diario español
“El País” y otros en la prensa italiana, por los que percibe un alto salario. Eso en los Estados Unidos es un gravísimo delito y en España hasta Lola Flores fue inculpada por no pagar, por tanto de ser sancionada no se quienes se atreverían a defenderla.
Solo por difamar de las instituciones de la República y
organizaciones políticas, de masa y sociales de Cuba, algo que
constantemente hace a través de Twitter y su Blog “Generación Y”, viola
el artículo 204 del código penal vigente, lo que es sancionable con privación de libertad de tres meses a un año o multa hasta las cien cuotas, dinero para ella serían unos cuatro euros, al canje de un peso cubano por el valor de los euros.
Por la instigación a delinquir, incitando públicamente a cometer un delito determinado, pudiera ser sancionada por el artículo 202, con privación de libertad de tres meses a un año o multa de cien a trescientas cuotas. (De cuatro a doce euros) Acción que ella hace por Twitter cada vez que puede, como cuando incitó a lanzarse a las calles en apoyo a la flotilla de Miami, o recientemente durante el apagón de la zona occidental del país y muchas veces más.
Otra de sus violaciones al código es la difamación, recogida en el artículo 318, sancionado a tres meses a un año de privación de libertad o multa de cien a trescientas cuotas.
Más aun, ella edita una revista titulada “Voces”, sin registro legal
alguno, lo que no se puede hacer ni en EE.UU ni en España, y en Cuba se
sanciona por el artículo 210 con privación de libertad tres meses a un año o multa de cien a trescientas cuotas.
Si aun no le bastara con los delitos que comete a diario, le queda el artículo 208 sobre asociaciones, reuniones y manifestaciones ilícitas,
lo que hace permanentemente en su apartamento, con documentación
gráfica puesta en la Web como prueba de sus acciones violatorias, y
tiene un marco sancionador de privación de libertad de uno a tres meses o multas hasta cien cuotas.
Si Yoani desea una guerra legal, puede tener una buena respuesta y estoy seguro que no saldrá victoriosa. El que juega con fuego se quema
y en su caso hay mucha tela por donde cortar. Sería mejor que cambiara
de abogados y busque otros que la asesoren correctamente, porque estos
no parece que la aprecien tanto. La paciencia tiene límites.
No hay comentarios:
Publicar un comentario