Por Sergio Rivero Carrasco.
«… Si
desdeñan hoy el ejercicio de su derecho de dueños, tendrán mañana aterrados que
postrarse ante un tirano que los salve. Deber es el sufragio, como todo
derecho; ¡y el que falta al deber de votar debiera ser castigado con no menor
pena que el que abandona su arma al enemigo!».
La frase la
dijo José Martí en 1884 y los cubanos, en las cercanías del aniversario 160 de
su natalicio, estamos retados por ella. Acudir a las urnas con la voluntad y la
responsabilidad de que la jornada electoral del 3 de febrero constituya una
demostración de crecimiento cívico, constitucional, ético, patriótico y humano.
Para ello
las autoridades electorales de la nación trabajan en la organización de los
comicios que nos conducirán a la elección y constitución de las nuevas
asambleas Nacional y provinciales del Poder Popular.
Más de ocho
millones de cubanos y cubanas tienen en sus manos los destinos institucionales
de la nación, en un momento particularmente especial y decisivo para el
perfeccionamiento y consolidación de la obra edificada en estos 54 años de
Revolución y Socialismo, bajo la política de hostilidad del Gobierno de EE.UU.,
que ha usado sus poderosos recursos para intentar derrocar el sistema
democrático elegido por los cubanos.
En tiempos
de transformar, reconstruir, hacer, mejorar y escalar un peldaño superior como
nación, país, sociedad y pueblo y, por consiguiente, son tiempos de participar,
de manera activa, responsable, creadora, comprometida.
Y ello tiene
que ver también con lo que hagamos en las urnas el 3 de febrero, día en que,
por derecho constitucional, todos los ciudadanos, con capacidad legal para
ello, estarán interviniendo de manera directa en la elección de la dirección
del Estado.
Luego,
cuando se constituyan el Parlamento y las asambleas provinciales, el pueblo
ejercerá Gobierno por intermedio de los 612 diputados y los 1 269 delegados
provinciales, durante un período de cinco años.
Una vez que
se den a conocer los resultados de los comicios y sus integrantes se reúnan
para tomar posesión de sus cargos y constituirse en Asamblea Nacional del Poder
Popular, tendremos ante nosotros al órgano supremo del poder del Estado, que
representará y expresará la voluntad soberana del pueblo, y será el único
órgano con potestad constituyente y legislativa en la República, en el período
2013-2018. Así lo establece nuestra Constitución.
Y del pueblo
mismo son los candidatos propuestos. Obreros, campesinos, cooperativistas,
maestros, médicos, científicos, escritores, artistas, líderes religiosos,
estudiantes, directivos, combatientes de las FAR y el Minint, así como
dirigentes políticos y representantes del sistema del Poder Popular, entre
otros.
Por sus
méritos, condiciones humanas, morales y revolucionarias, capacidad y
disposición, ellos resultaron los nominados de entre una cantera que,
fundamentalmente a nivel municipal, constituyeron los más de 32 000 candidatos
a delegados a las asambleas municipales del Poder Popular.
De ese
trabajo, desarrollado por medio de las consultas a todas las personas,
organismos e instituciones que se consideraron pertinentes, se encargaron las
comisiones de candidaturas a todos los niveles. Dicha autoridad electoral está
integrada por representantes de la Central de Trabajadores de Cuba —quien la
preside—, los Comités de Defensa de la Revolución, la Federación de Mujeres
Cubanas, la Asociación Nacional de Agricultores Pequeños, la Federación
Estudiantil Universitaria y la Federación de Estudiantes de la Enseñanza Media.
Esa
instancia solicitó luego, a los organismos de dirección de las organizaciones
de masas que están representadas en ella, sus propuestas de los electores que
consideraban podían incluirse en la cantera. Y así se desarrollaron 954 plenos
de dichas organizaciones.
Por último,
las candidaturas se conformaron de entre más de 7 000 precandidatos a diputados
y 4 500 a delegados provinciales.
De tal
suerte, entre los 612 nominados para integrar el Parlamento de la VIII
Legislatura están representados todos los sectores de la sociedad cubana
actual. Y más de un 30 por ciento del total están vinculados de manera directa
a la producción y los servicios.
Esta
candidatura la integran 299 mujeres, el 48,86 por ciento del total, cifra
superior a las 266 (43,32 por ciento) que hoy integran el Parlamento en su VII
Legislatura.
El promedio de edad es de 48 años, siendo el sector poblacional mayor representado el de quienes tienen entre 36 y 50, y el 78,43 por ciento nació después del triunfo de la Revolución.
El promedio de edad es de 48 años, siendo el sector poblacional mayor representado el de quienes tienen entre 36 y 50, y el 78,43 por ciento nació después del triunfo de la Revolución.
Con respecto
al nivel escolar, el 82,68 por ciento tiene enseñanza superior, el 16,83 por
ciento media superior y el 0,49 por ciento media básica.
Tengamos en
cuenta también que, hasta en un 50 por ciento, los integrantes de la
candidatura para diputados son delegados a las asambleas municipales del Poder
Popular.
Destaca,
además, la cifra de los nuevos candidatos y candidatas. Como se publicó en el
periódico Granma, la composición de los nominados, en comparación con los de la
anterior Legislatura, significa una renovación del 67 por ciento de los
postulados.
Sin dudas,
tendremos un nuevo Parlamento que elegirá de entre sus diputados a su
presidente, al vicepresidente y al secretario; y de entre ellos mismos, también
seleccionarán al Consejo de Estado, integrado por un presidente, un primer
vicepresidente, cinco vicepresidentes, un secretario y 23 miembros más.
NI
PRIVILEGIOS NI BENEFICIOS
Uno de los
principios éticos más distintivos de la democracia y el sistema electoral
cubano es que la condición de diputado no entraña privilegios personales ni
beneficios económicos.
La
Constitución es tajante en ese sentido. Durante el tiempo que empleen en el
desempeño efectivo de sus funciones, los diputados —dice— perciben el mismo
salario o sueldo de su centro de trabajo y mantienen el vínculo con este, a
todos los efectos.
En su
artículo 84, la Carta Magna expresa que los diputados a la Asamblea Nacional
del Poder Popular han de desarrollar sus labores en beneficio de los intereses
del pueblo, mantener contacto con sus electores, oír sus planteamientos,
sugerencias y críticas, y explicarles la política del Estado. Asimismo,
rendirán cuenta del cumplimiento de sus funciones, según lo establecido en la
ley.
Otro rasgo
distintivo de nuestra democracia reside en que a los diputados les puede ser
revocado su mandato en cualquier momento, en la forma, por las causas y según
los procedimientos establecidos en la ley.
El
compromiso —y la vocación— de servir al pueblo que los nominó y los elegirá el
3 de febrero en las urnas, no admite cuestionamiento alguno. Y para que así
sea, todos los órganos y empresas estatales están obligados a prestar a los
diputados la colaboración necesaria para el cumplimiento de sus deberes.
Pueden
entender entonces los cubanos de bien, en particular las nuevas generaciones, y
dentro de estas los jóvenes con derecho al voto, los amigos de Cuba en
cualquier rincón de este planeta, por qué los hombres y mujeres del pueblo, en
calidad de autoridad electoral, le roban horas a sus ocupaciones habituales y a
la recreación, para garantizar las condiciones humanas, materiales y de
logística requeridas por la Ley Electoral cubana para un proceso de esta
magnitud.
No hagamos
menos los electores y electoras el 3 de febrero en las urnas. Votemos soberana
y responsablemente por los candidatos a diputados y por los delegados a las
asambleas provinciales del Poder Popular.
No se trata
únicamente de ejercer un derecho constitucional: el acto de votar es sinónimo
de defensa de la soberanía e independencia de la Patria, y expresión de la
voluntad y la unidad de la mayoría frente a los escépticos y los planes de
agresión y subversión del Gobierno norteamericano.
Atribuciones
de la Asamblea Nacional del Poder Popular
Según el
Artículo 75 de la Constitución de la República de Cuba, son atribuciones de la
Asamblea Nacional del Poder Popular: acordar reformas de la Constitución
conforme a lo establecido en el artículo 137; aprobar, modificar o derogar las
leyes y someterlas previamente a la consulta popular cuando lo estime
procedente en atención a la índole de la legislación de que se trate; decidir
acerca de la constitucionalidad de las leyes, decretos-leyes, decretos y demás
disposiciones generales; revocar en todo o en parte los decretos-leyes que haya
dictado el Consejo de Estado; discutir y aprobar los planes nacionales de
desarrollo económico y social; discutir y aprobar el presupuesto del Estado;
aprobar los principios del sistema de planificación y de dirección de la
economía nacional; acordar el sistema monetario y crediticio; aprobar los
lineamientos generales de la política exterior e interior; declarar el estado
de guerra en caso de agresión militar y aprobar los tratados de paz; establecer
y modificar la división político-administrativa del país conforme a lo
establecido en el artículo 102; elegir al presidente, al vicepresidente y al
secretario de la Asamblea Nacional; elegir al presidente, al primer
vicepresidente, a los vicepresidentes, al secretario y a los demás miembros del
Consejo de Estado; designar, a propuesta del presidente del Consejo de Estado,
al primer vicepresidente, a los vicepresidentes y demás miembros del Consejo de
Ministros; elegir al presidente, a los vicepresidentes y a los demás jueces del
Tribunal Supremo Popular; elegir al fiscal general y a los vicefiscales
generales de la República; nombrar comisiones permanentes y temporales; revocar
la elección o designación de las personas elegidas o designadas por ella;
ejercer la más alta fiscalización sobre los órganos del Estado y del Gobierno;
y las demás que le confiere la Constitución.
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