lunes, 23 de septiembre de 2013

El presidio político en Estados Unidos. 3: Terroristas domésticos


Tomado de Adversario Cubano.
Por Raúl Capote.

Sentencias obligatorias que privan a los jueces de toda flexibilidad, imposición de condenas consecutivas que al sumarse resultan excesivas, y el aislamiento frecuente de los prisioneros durante largos períodos de tiempo, conforman una política de castigo muy alejada de aquella de reforma y rehabilitación a que obliga el tratado.

Estados Unidos es signatario del Acuerdo Internacional sobre Derechos Civiles y Políticos, el cual establece, en su Artículo 10, que en el sistema penitenciario de cada país “el objetivo fundamental del tratamiento a los prisioneros debe ser su reforma y rehabilitación social”. Al menos cuatro prácticas comunes en el sistema penitenciario de Estados Unidos: condenas a cadena perpetua sin derecho a libertad condicional (“life without parole”), sentencias obligatorias que privan a los jueces de toda flexibilidad, imposición de condenas consecutivas que al sumarse resultan excesivas, y el aislamiento frecuente de los prisioneros durante largos períodos de tiempo, conforman una política de castigo muy alejada de aquella de reforma y rehabilitación a que obliga el tratado.

Más del 80 % de los votantes –según encuestas realizadas por el “Pew Center on the States”- están en favor de reducir el tiempo de confinamiento para convictos no violentos y crear en su lugar un sistema de probatorias y libertad condicional más eficiente; pero, más fuertes que la opinión pública son las políticas de control social mediante el encarcelamiento masivo, y los intereses de las corporaciones que lucran con la privatización de las prisiones y servicios carcelarios y con la mano de obra barata –muy por debajo del salario mínimo- de una inmensa masa de reclusos. Mientras mayor es el número de reclusos y más largas las condenas, mayores son las ganancias para el llamado “Prison-Industrial Complex”.

El exagerado carácter punitivo de las sentencias, aún sin entrar a considerar su carga de prejuicios étnicos y raciales, viola las obligaciones internacionales de respeto a los derechos humanos. En 2007, el “Center for Law and Global Justice” (1) concluyó en un estudio que Estados Unidos es el único país del mundo donde un niño puede ser juzgado como adulto y condenado a cadena perpetua sin derecho a libertad condicional. Esta sentencia la cumplen (2012) en las cárceles norteamericanas 2,594 menores.

La filosofía del castigo afecta especialmente a los prisioneros políticos, que no sólo son numerosos en Estados Unidos sino que sufren condenas de mucha mayor duración que en el resto del mundo y son sometidos a un régimen carcelario más severo que incluye con frecuencia el aislamiento total en “the hole” (el hueco) o “Solitary Housing Unit (SHU)”, la prohibición de visitas familiares, la manipulación psicológica y la tortura física.

Especialmente diseñadas para los “terroristas domésticos” –expresión creada para denigrar a los presos políticos- fueron construidas, bajo la administración de George W. Bush, dos prisiones experimentales que reciben el nombre oficial de “Communication Management Units (CMUs) en las cuales se mantiene un control estricto y sumamente limitado de las comunicaciones con el exterior. Uno de los engendros jurídicos de la “Patriot Act” (Ley Patriota), que mutila las libertades civiles estadounidenses, llamado “terrorist enhancement” (agravante terrorista) permite que a cualquier persona llevada a juicio por sus creencias o actividades políticas, aunque no haya usado armas ni cometido actos violentos, se la pueda clasificar de terrorista y encerrar en estas unidades especiales. Human Rights Watch estimó en diciembre de 2011 que de 1/3 a 1/2 de los prisioneros encerrados en las celdas de aislamiento pierden la razón.

El Comité sobre la Tortura de la Organización de Naciones Unidas concluyó en 2006 que Estados Unidos debía revisar el régimen impuesto a los reclusos en sus prisiones de máxima seguridad (“supermax prisons”). La administración Busch, por el contrario, respondió inaugurando secretamente el 11 de diciembre de ese mismo año la primera CMU en el “Federal Correctional Complex”, “Terre Haute”, de Indiana. La creación de esta prisión experimental la dio a conocer el Washington Post en su edición de 25 de febrero de 2007. Se supo que albergaba 213 reclusos de los cuales 211 eran musulmanes, principalmente árabe-americanos y afro-americanos convertidos al Islam.

La segunda CMU fue inaugurada en 2008 en Marion, Illinois, con una población igualmente de musulmanes. Hasta el más elemental sentido común indica que la inmensa mayoría de ellos no había cometido acto terrorista alguno y su encaracelamiento era debido al miedo inducido en la población con fines políticos, los prejuicios y la histeria anti-islámica desatada después del 9-11.

Como encarcelar siguiendo un perfil racial, étnico o religioso es anti-constitucional, la “American Civil liberties Union” (ACLU) expresó su preocupación al respecto, lo que obligó al gobierno a modificar la composición de la población penal de estas dos unidades trasladando a ellas algunos presos políticos no árabes, como Daniel McGowan, Jeff Luers, y Andrew Stepanian, acusado de “ecoterrorismo”; elfos (2) o miembros del “Environmental Liberation Front (ELF)” los dos primeros y del “Stop Huntingdon (3) Animal Cruelty (SHAC)” el último. A ellos nos vamos a referir en próximos comentarios.

NOTAS
(1) Amanda T. Solter: “U.S. sentencing laws out of step with the rest of the world”, Center for Law and Global Justice, San Franisco School of Law, San Francisco University, May 21, 2012.
(2) Elfos: enanos astutos y benéficos de la mitología animista escandinava, que habitan en los bosques.
(3) Se refiere a “Huntington Life Sciences”, uno de los mayores laboratorios privados de experimentos con animales, donde más de 75,000 son sacrificados cada año.

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